Derecho a la identidad en Cuba






¿Sabes por qué el derecho a la identidad es un derecho humano?

 

El registro de nacimiento asegura y protege los derechos de las personas dentro de la sociedad. Para un niño, significa “existo, tengo derechos”.

Amparado en ese marco, en 1948 se firma la “Declaración Universal de los Derechos Humanos”, la que establece en su artículo 15 que “toda persona tiene derecho a una nacionalidad”, para lo cual es necesario disponer de un registro de nacimiento.

La Convención de los Derechos del Niño establece en su artículo 7 que “el niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho a un nombre, a una nacionalidad, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos...”.

El fin fundamental del registro de nacimiento es el de garantizar el derecho a un nombre y una nacionalidad de las personas que nacen dentro de un Estado, en vista de que el asegurar este derecho es, de por sí, el asegurar el derecho a la salud, a la educación, al trabajo, etc.

 

¿Cómo se inscriben a los recién nacidos en Cuba?


  • La Ley del Registro del Estado Civil (REC) en Cuba establece cómo debe realizarse este proceder a partir de su artículo 40.

  • Este acto se realiza de conjunto con los compañeros de Estadística de la institución de salud donde ocurra el alumbramiento, siempre dentro de las sesenta y dos horas posteriores al nacimiento y en todo caso antes del egreso del recién nacido.

  • Esa declaración jurada la realizan la madre y el padre conjuntamente, o alguno uno de ellos.

  • Si el parto no ocurriera en una unidad del Sistema Nacional de Salud, la declaración se hará ante el registrador del estado civil.


Una recomendación de nuestro departamento del REC es seleccionar y estar seguros del nombre del menor, que este nunca vaya en detrimento de su bienestar 


  • Actualmente, en los hospitales Vladimir Ilich Lenin (municipio de Holguín) y General Guillermo Luis Fernández (Moa) existen oficinas registrales para realizar ese proceder jurídico. En el resto de los municipios, las registradoras acuden a las instituciones de salud.




Fuente: Unicef Cuba/ Ley del Registro Civil de Cuba